Certificado de Libre de Deuda de Servicio Telefónico (VIGENCIA 5 DIAS)

  • ÚNICAMENTE con la presentación del Documento Nacional de Identidad del solicitante.
    En caso de que el Contribuyente no pueda realizar la solicitud del mismo, deberá designar a otra persona que lo haga en su representación, mediante un Poder realizado ante Escribano Público.

  • NO poseer deuda Servicio Telefónico.

  • Para retirar el Certificado, deberá presentar comprobante del mismo, correspondiente al valor establecido según Régimen General Tarifario vigente.